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domingo, 10 de noviembre de 2013
La sucesión al trono: antes y....ahora
LEY DE SUCESIÓN A LA JEFATURA DEL ESTADO (26 de julio de 1946):
Art.11. I.-Instaurada la Corona en la persona de un Rey, el orden regular de sucesión será el de primogenitura y representación, con preferencia de la línea anterior a la posterior; en la misma línea, del grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, del varón a la hembra, la cual no podrá reinar, pero sí,en su caso,transmitir a sus herederos el derecho, y, dentro del mismo sexo, de la persona de más edad a la de menos;todo ello sin perjuicio de las excepciones y requisitos preceptuados en los artículos anteriores.
CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA (6 de diciembre de 1978)
Artículo 57.1. La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos.
Comentario irónico: menos mal que cambiaron hembra por mujer.
sábado, 30 de junio de 2012
III Jornadas de Debate Europeo "con su permiso"
Hoy se ha celebrado la III Jornada de la PIINA y ya me ha llegado información sobre los acuerdos que han tomado. Me apena no haber podido estar, como sí asistí el pasado año a las II Jornadas.
De paso aprovecho para comentar que el pasado 26 de junio esta plataforma consiguió que su propuesta de reforma de la ley de los permisos por nacimiento y adoción entre en el Congreso de los Diputados.
lunes, 19 de marzo de 2012
"La Pepa", en femenino, pero sin mujeres
Portada
La Pepa por aquí, la Pepa por allá... mucha Pepa y nada de mujeres, pues lo que se conmemora en el día de hoy, 19 de marzo, es que se cumplen dos siglos de la redacción de la 1ª Constitución española (1812). Como coincidió con el día de San José, se le llamó Pepa. Femenino porque la Constitución tiene ese género, no nos olvidemos, porque para las mujeres no cambió nada. Paradojas de la vida.
Los medios de comunicación se llenan la boca con que fue importante porque fue "la muerte del súbdito y el nacimiento del ciudadano" (El País). En eso no se confunden, sólo se trataba del ciudadano, porque a las mujeres no se les daba, en esa Constitución, la capacidad para votar, por lo que no se les concedía el estatus de "ciudadano".
domingo, 12 de febrero de 2012
Comisión de Igualdad del Congreso de los Diputados
El 9 de febrero tuvo lugar la primera sesión de la Comisión de Igualdad del Congreso de los Diputados y Diputadas. Compareció la Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad Ana Mato, e informó de las líneas principales de su gobierno en materia de igualdad, algunas de las cuales son:
- Elaboración de un Plan personalizado para las víctimas de violencia machista.
- Plan de Empleo para las mujeres.
- Red Nacional de Unidades de Violencia de género de las Delegaciones del Gobierno.
- Guarderías en los lugares de trabajo.
- Incentivos para empresas que contraten a hombres y mujeres que hayan tenido baja por cuidados de hijos e hijas.
- Inclusión de la igualdad en la asignatura "Educación Cívica y Constitucional" que sustituirá a "Educación para la ciudadanía"
- Planes de igualdad para las PIMES.
- Racionalización de horarios de trabajo, asemejándolos a los europeos.
- Plan Integral de Apoyo a la Conciliación de la vida laboral, personal y familiar.
- Inspecciones y sanciones a las empresas que lleven a cabo prácticas discriminatorias.
- Adjudicación de un nuevo distintivo "Igualdad en la empresa" a las que la practiquen.
- Ley de emprendedores (¿emprendedoras?): apoyo a las mujeres que creen empresas.
- Darán importancia a los y las menores que vivan en ambientes de violencia de género.
miércoles, 1 de febrero de 2012
Mato quiere potenciar la maternidad
Por un lado, vuelta atrás en la "Ley de salud sexual y reproductiva e interrupción voluntaria del embarazo de 2010" (bien poco duró). Vuelta muy atrás, hasta 1985, la cual fue bien contestada por la derecha, aunque ahora parece que se dan cuentad de la obviedad de su existencia (ante la posibilidad de que la madre muera...¡faltaría más!).
Pero, además, la Ministra quiere resolver el problema del aborto potenciando la maternidad. Tengo un morboso deseo de conocer su proyecto al respecto. ¿Cómo lo hará?
miércoles, 30 de noviembre de 2011
"Especialmente recomendado para el fomento de la igualdad de género"
Hoy tengo muy buenas noticias.
Acaba de salir en el BOE una resolución con criterios para establecer una nueva categoría de las películas y otras obras audiovisuales "Especialmente recomendado para el fomento de la igualdad de género", además de las calificaciones para los grupos de edad.
Que yo sepa, esta categoría es un hecho único en el mundo, y los criterios orientativos para la clasificación son:
- Que transmitan una imagen igualitaria de ambos sexos, sin situaciones vejatorias o discriminatorias para uno de los dos.
- Que promuevan la eliminación de prejuicios, imágenes estereotipadas y roles en función del sexo e impulsen la construcción y difusión de representaciones plurales y reales de ambos sexos, como diverson son las mujeres y los hombres.
- Que promuevan el uso de un lenguaje no sexista que nombre, también, la realidad femenina.
- Que incorporen una visión igualitaria de las relaciones afectivas y de la convivencia doméstica.
- Que representen de manera igualitaria la presencia y la capacidad de las mujeres en aquellos niveles y sectores claramente masculinizados y de los hombres en los feminizados.
- Que promuevan el conocimiento y el rechazo del fenómeno de la violencia en todas sus dimensiones.
Aprovecho la ocasión para aconsejar a quienes efectuaron la redacción en el BOE que cuiden el lenguaje, pues es una contradicción que se hable de lenguaje no sexista y se redacte en masculino. Así, por ejemplo, se habla de que participaron "expertos en materia de igualdad", que normalmente son mujeres. Sería curioso que hubieran parcicipado sólo ellas y estuviera redactado en masculino. Pero, debido al uso del "genérico" no podré salir de dudas.
viernes, 27 de mayo de 2011
Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres
El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado el 10 de mayo de 2011 el decreto que regula el Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres.
Este órgano se crea para:
- Canalizar las aportaciones y propuestas de las Asociaciones de Mujeres relacionadas con las políticas de igualdad de género autonómicas.
- Potenciar la participación de las mujeres en los ámbitos públicos y privados de toma de decisiones.
- Asesorar a la Administración.
- Promover los valores de igualdad en la sociedad andaluza.
Para leer: B.O.J.A.
martes, 6 de julio de 2010
"ONU Mujeres" / "UN Women"

La Asamblea de la ONU va a crear un nuevo organismo, que funcionará a partir de 2011: "ONU Mujeres". Se crea para la Igualdad de Género y el empoderamiento de la mujer.
Reunirá y gobernará cuatro entidades que ya existen en la ONU:
- La Oficina del Asesor Especial en cuestiones de Género y Adelanto de la Mujer (OSAGI)
- La División para el Adelanto de la Mujer (DAW).
- El Instituto Internacional de Investigaciones y Capacitación para la Promoción de la Mujer (INSTRAW).
- El Fondo para la Mujer (UNIFEM), dirigido por la española Inés Alberdi.

Objetivos:
- Promocionar la Igualdad de Género.
- Luchar contra la discriminación en el mundo.
- Luchar contra la violencia hacia las mujeres.
- Luchar para que las mujeres sean nombradas para altas posiciones.
- Reducir las tasas de mortalidad infantil.
- Una Junta Directiva.
- 41 miembros.
A la cabeza estará una Subsecretaría General.
El Secretario General de la ONU, Ban Ki-moon, dijo que la igualdad de género es una de las prioridades de su agenda.
La ONU califica esta decisión (que fue unánimemente aprobada) como histórica, y que ha requerido de varios años de deliberaciones entre los Estados miembros.
La ONU se constituyó el 24 de octubre de 1945, y actualmente la componen 192 Estados. Teniendo en cuenta la heterogeneidad de ellos (no nos olvidemos de Afganistán o Arabia Saudita o...) se entiende que se haya tardado años en conseguir acuerdos.
Esperemos que sirva para obligar a todos los Estados miembros a caminar hacia la igualdad... porque si no... ¿para qué?
Esta es una buena noticia, visibilizar más el problema del género y dar más entidad a la lucha por erradicarlo.
Por otra parte, va en dirección contraria a lo que algunos sectores de la política española opinan de nuestro Ministerio de Igualdad ("igual da", como dijo la Presidenta de la Comunidad de Madrid en una entrevista con Iñaki Gabilondo), ya que se sitúan en su eliminación por no considerarlo importante en esta crisis económica.
¿O son estos sectores los que van en dirección contraria a la evolución social actual?
domingo, 23 de mayo de 2010
Custodia compartida forzada

El pasado jueves, las Cortes Aragonesas aprobaron la primera ley que da prioridad en España a la custodia compartida para el caso de que la pareja no se ponga de acuerdo (salvo que la custodia individual sea más conveniente): la Ley de Igualdad en las Relaciones Familiares ante la Ruptura de la Convivencia.
La custodia compartida forzada provoca un importante debate entre personas que lo aprueban y otras que lo rechazan.
Argumentos a favor:
- Esta ley pone limitaciones al uso de la vivienda, que ya no será mayoritariamente para la madre, y que, además, se podrá vender.
- Al evitar que la madre sea la que siempre se quede con la custodia de las criaturas, se le favorece la oportunidad de que sea por fin autónoma.
- Las mujeres podrán, si lo solicitan, ser consideradas como prioritarias en la concesión de viviendas públicas, así como a cursos de formación si no tienen empleo remunerado.
- Se facilita el que los hombres puedan hacerse cargo del cuidado de sus hijos e hijas.
- Asociación dde Padres Separados.
- AHIGE (Asociación de Hombres por la Igualdad de Género).
- ¿Cuántos hombres se han implicado, antes del divorcio en las tareas del cuidado de sus criaturas, como el aseo, la alimentación, los cuidados médicos, la compra de ropa, la ayuda para hacer los deberes, la espera en los colegios, lavar su ropa, hacerles la cama, el afecto, los mimos... ?
- ¿En cuántas parejas, cuando el hijo o hija enferma, el hombre se queda a su lado sin ir a trabajar, o se los lleva al trabajo para que no se queden solos o solas en la casa (por ej cuando les surjen reuniones improvisadas)?
- Los padres generalmente no lo piden.
- Es lo que se corresponde con nuestra realidad social: el 95% de las excedencias para cuidado de hijos e hijas y personas dependientes son solicitadas por las mujeres (solo un 5% por hombres).
¿Por qué no se pone el mismo énfasis en compartir las tareas del hogar, en CO-RESPONSABILIZARSE?
¿Qué fue antes, el huevo o la gallina? ¿Primero se responsabiliza y luego se comparte o primero se comparte y después se responsabiliza?
Argumentos en contra:
- El/la juez podrá obligar a ambas partes a que acudan a la mediación familiar. Esta obligatoriedad contradice uno de los principios de la mediación familiar, la voluntariedad.
- Si la mujer se niega a acudir puede perder la custodia por no ser amistosa con el padre. Esto es fatal para el caso de mujeres maltratadas, a las que se les obliga a mediar con el maltratador. De esta manera se coloca al mismo nivel a víctima y agresor, cosa antinatural ya que hay una relación de poder.
- Hasta un 80% de las mujeres maltratadas no denuncian, y en casos de denuncias una gran parte de las veces se malinterpreta con argumentos del tipo de que es una falsa denuncia o que es una asunto leve que no interfiere en el niño o niña. Además, el maltratador tratará de ponerse como víctima de la mujer, ya que suele poseer gran capacidad de manipulación.
- Dado que el vínculo madre-hijo/a se ha ido generando poco a poco con los cuidados que mayoritariamente le ha proporcionado la madre, el pretender que de pronto el padre asuma todos ellos al 50% es, como mínimo, curioso. ¿Se propone esta opción para mejorar las condiciones del niño o niña o más bien las del padre, que podrá reducir la pensión alimenticia, conseguir el piso o ejercer control o venganza sobre la madre, especialmente en el caso de maltratadores?
- El "Plan de relaciones familiares" que conlleva consiste en que ambos progenitores deben aportar un plan explicando por qué cree que es el más adecuado y cómo facilitará las relaciones con el otro. El que mejor lo exponga tendrá más posibilidades de éxito, lo cual ocurrirá con el mejor abogado o abogada (quien se lo pueda pagar) y tachará de poco amistoso al progenitor que menos facilite estas relaciones. De esta manera, se genera una enorme indefensión para el caso de las mujeres maltratadas y manipuladas por sus parejas, pudiéndose llegar a situaciones de perversión en las relaciones familiares.
- Si la mujer se niega a la custodia compartida puede perder la custodia completa por no mostrarse como "amigosa".
- Está basado en las ideas del psiquiatra Richard Gardner, creador del término "Síndrome de alienación Familiar" (según decía, este síndrome puede llevar a un niño o niña a que acuse al padre de maltrato, y para los casos más graves aconsejaba alejarlo de la mala influencia y llevarle a convivir con el acusado ¿?).
Según el Movimiento STOP SAP, la custodia compartida se está difundiendo por el mundo desde la Asociación de padres separados, que es un "Contramovimiento neomachista", y se basa en el llamado Síndrome de Alienación Parental. A estas asociaciones se les denomina en EEUU "Hombres Supremacistas" , porque, en realidad, lo que buscan es defender intereses de los hombres de forma encubierta.
Quiénes no lo aprueban:
- Muchas feministas sienten temor por la nueva ley y su posible expansión por el mundo.
- Asociación de Hombres por la Igualdad se ha manifestado en contra de la nueva ley de la custodia compartida forzada, argumentando que va en contra de las mujeres y de sus hijos e hijas.
La custodia compartida, tal como está creada en el Código Civil de 2005, se establece cuando ambos progenitores están de acuerdo, y es una buena solución para una pareja que organizó su convivencia bajo normas de igualdad. Cuando han compartido de igual modo la dedicación a sus hijos e hijas, es natural que lo sigan haciendo.
Recomiendo la lectura de este artículo:
Para leer más:
Recomiendo la lectura de este artículo:
Para leer más:
- Asociación Universitaria Contra la Violencia Machista.
- Cadena SER (escuchar la última parte).
- Recomiendo la lectura del artículo de Miguel Lorente Acosta (Delegado del Gobierno para la Violencia de Género).
- Crecer sin violencia.
- Rosa Montero: Terror.
viernes, 11 de septiembre de 2009
Plan de Igualdad en Andalucía
Bajo un mismo sol. Autor: Angel de Luz
Hoy quiero hablar de Andalucía y de la Coeducación. O dicho de otra manera, de la Igualdad de Género en Educación, en Andalucía.
Continuando con el recorrido histórico comentado en una entrada anterior, y en base a lo redactado en el I Plan de Igualdad entre Hombres y Mujeres en Educación, a partir de los años 70 se elimina la separación chica-chico obligatoria, se igualan las materias para ambos sexos y se comienza a adentrar en la escuela mixta.
Las mujeres acceden cada vez más a las enseñanzas medias y superiores, dando la impresión de que el sistema educativo es igualitario, pero surgen trabajos en nuestro país que cuestionan el modelo de escuela mixta, detectándose que el sistema educativo reproduce, de forma invisible, modelos y papeles sociales diferentes para las chicas y para los chicos, que ayudan a reproducir las relaciones de poder desiguales entre hombres y mujeres.
Se hace importante que la escuela potencie los aprendizajes para la vida afectiva e integre los saberes de la vida doméstica y el cuidado de las personas como saberes básicos para la vida de todos los chicos y las chicas.
Y es que esta Comunidad Autónoma es pionera en acercar la coeducación al ámbito educativo con su "I Plan de Igualdad entre Hombres y Mujeres en Educación" (BOJA núm. 227 de 21 de noviembre de 2005):
Continuando con el recorrido histórico comentado en una entrada anterior, y en base a lo redactado en el I Plan de Igualdad entre Hombres y Mujeres en Educación, a partir de los años 70 se elimina la separación chica-chico obligatoria, se igualan las materias para ambos sexos y se comienza a adentrar en la escuela mixta.
Las mujeres acceden cada vez más a las enseñanzas medias y superiores, dando la impresión de que el sistema educativo es igualitario, pero surgen trabajos en nuestro país que cuestionan el modelo de escuela mixta, detectándose que el sistema educativo reproduce, de forma invisible, modelos y papeles sociales diferentes para las chicas y para los chicos, que ayudan a reproducir las relaciones de poder desiguales entre hombres y mujeres.
Se hace importante que la escuela potencie los aprendizajes para la vida afectiva e integre los saberes de la vida doméstica y el cuidado de las personas como saberes básicos para la vida de todos los chicos y las chicas.
Y es que esta Comunidad Autónoma es pionera en acercar la coeducación al ámbito educativo con su "I Plan de Igualdad entre Hombres y Mujeres en Educación" (BOJA núm. 227 de 21 de noviembre de 2005):
- Con este Plan se pretende diseñar y coordinar actuaciones que favorezcan el conocimiento de las diferencias entre niños y niñas, entre hombres y mujeres, para establecer las condiciones escolares que permitan corregir las discriminaciones y estereotipos sexistas, la formación del alumnado en la autonomía personal como base para fomentar el cambio en las relaciones de género y la corrección de desequilibrios entre profesoras y profesores en actividades de responsabilidades escolares ofreciendo modelos no estereotipados.
- Algunas de las medidas encaminadas a conseguir estos objetivos serán: todos los datos deberán presentarse desagregados por sexo (para facilitar explicaciones diferenciadas), en las memorias de Inspección se deberá poder comprobar el nivel de ejecución del Plan, en la formación inicial del profesorado se deberá incluir un módulo de coeducación, desde los CEP se deberá formar en la optativa "Cambios sociales y nuevas relaciones de género", utilización de un lenguaje no sexista en todos los documentos, en cada centro habrá una profesora o profesor responsable en materia de coeducación, en los Consejos Escolares deberán incorporarse personas expertas en materia de género, los patios y espacios escolares se utilizarán de forma compartida y no excluyente, se garantizará que el alumnado de la ESO adquieran conocimientos y habilidades para responder a las responsabilidades y cuidados de las personas, convocatorias de Proyectos de Coeducación para las AMPAS y para los centros.
- Se dirige e implica a la totalidad de la comunidad educativa.
- Los principios de actuación serán: Visibilidad (de la mujer), Transversalidad (en todas las acciones y políticas emprendidas por la Administración y centros educativos) e Inclusión (del conjunto de la comunidad).
Y la Orden de 15 de mayo de 2006 por la que se regulan las actuaciones y medidas establecidas en el IPlan de Igualdad entre Hombres y Mujeres en Educación (BOJA núm.99 de 25 de mayo de 2006):
- Actuación en los centros educativos: datos segregados por sexos, lenguaje no sexista y Proyecto de Centro con perspectiva de género.
- Docente responsable en materia de coeducación: promover un diagnóstico en el centro, propuestas al Claustro y Consejo Escolar, colaborar con la persona experta en género del Consejo Escolar y con la que imparta la optativa de género, realizar un informe con propuestas de mejora, colaborar con el departamento de Orientación en la programación del Plan de Acción Tutorial, cooperar con el Equipo Directivo en mediación y resolución de conflictos desde la perspectiva de género.
- Persona experta en materia de género en el Consejo Escolar: promoverá medidas educativas transversales favorecedoras de la igualdad real entre hombres y mujeres, colaborará, apoyará y asesorará a la persona responsable de coeducación en el centro.
- Formación del profesorado: los Centros del Profesorado contarán con un profesor o profesora colaboradores.
- Formación de las familias: ayudas anuales a proyectos de coeducación realizados por las AMPAS, se promoverá la realización de contratos entre docentes y familias para favorecer el desarrollo de responsabilidades familiares y cuidados de las personas en el alumnado.
- Currículum y materias curriculares: convocatorias de premios para elaboración de materiales curriculares, difusión de materiales de apoyo, contenidos específicos de coeducación en los diseños curriculares de Andalucía (contribución de la mujer en la sociedad, aprendizaje de responsabilidades familiares y cuidados de las personas, prevención de la violencia de género y educación afectivo-sexual).
- Formación Profesional y Educación de Personas Adultas: favorecer una presencia más equilibrada de mujeres y hombres.
- Evaluación y Seguimiento: por la Inspección.
Ahora es tarea de todos y todas la construcción de esas bases.
Encuentro deficiencias en la regulación de la coeducación en la Formación Profesional. Dado que pertenezco a la Familia Profesional "Imagen Personal", una de las que más acusa este tipo de sociedad discriminatoria, echo en falta medidas concretas para mejorar esta situación. Así, tenemos la contradicción de tener un alumnado prácticamente 100% femenino en una sociedad en la que cuesta encontrar alguna peluquera destacada (siendo conocidos, sin embargo por toda la ciudadanía, nombres de algunos peluqueros). Sería interesante tratar de comprender esta contradicción. Muchas personas opinan que es debido a que los hombres son mejores peluqueros...
"La defensa de la igualdad de derechos entre mujeres y hombres parte del principio de que las mujeres, como ciudadanas, deben ser tan libres como los hombres a la hora de decidir y ejercer papeles sociales y políticos. Esta perspectiva se ha denominado derecho a la igualdad"
"No es posible la libertad sin la igualdad"
"No es posible la libertad sin la igualdad"
Entrada relacionada:
sábado, 18 de abril de 2009
Taller "Pedagogía de la muerte"

En nuestro Ciclo de Peluquería, en el módulo "Anatomía y Fisiología Humanas", hemos organizado un taller denominado "Pedagogía de la muerte". La primera parte la tuvimos ayer, y estuvo orientada a "Morir con dignidad". Lo imparte Jesús Nuevo Ábalos, Enfermero Gestor de Casos del Centro de Salud "Vélez-Málaga Sur".
Puede parecer extraño incluir esta temática en esa asignatura. Sin embargo yo opino todo lo contrario. Si en Anatomía y Fisiología se estudia el cuerpo humano y las alteraciones en su funcionamiento, ¿por qué no tratar el momento en que deja de funcionar?
En nuestra cultura se vive de espaldas a la muerte, sin darnos cuenta de que forma parte de la vida. Así, después no sabremos cómo manejarnos cuando vivamos esta experiencia en las personas que nos rodean y en nosotros y nosotras mismas.
En primer lugar, vimos algún extracto de la película "Mi vida sin mí", de la directora Isabel Coixet, gracias a la cual pudimos introducirnos en la relación del profesional de la salud con los y las pacientes.
A partir de aquí, Jesús Nuevo nos informó de la "LEY 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica" (BOE nº 274).
Para mí ha sido un gran descubrimiento, y manifiesto mi ignorancia al respecto: no sabía que existía una ley que regula nuestros derechos como pacientes. Y me pregunto: ¿Qué porcentaje de la población conoce esta ley?
Algunos de sus puntos resumidos son:
* A partir de los 16 años comienza la autonomía de las personas, por lo que tienen derecho a decidir sobre su vida (por ejemplo, en el transcurso de su enfermedad).
* La primera persona que tiene derecho a conocer su enfermedad es el/la titular, quien decide si se informa o no a su familia (quién lo diría, si nos atenemos a la realidad, que es al contrario).
* El/la paciente tiene autonomía incluso si tiene una incapacidad, a no ser que carezca de capacidad para entender la información que se le da.
Respecto a la muerte digna, en España la ley dice que:
Puede parecer extraño incluir esta temática en esa asignatura. Sin embargo yo opino todo lo contrario. Si en Anatomía y Fisiología se estudia el cuerpo humano y las alteraciones en su funcionamiento, ¿por qué no tratar el momento en que deja de funcionar?
En nuestra cultura se vive de espaldas a la muerte, sin darnos cuenta de que forma parte de la vida. Así, después no sabremos cómo manejarnos cuando vivamos esta experiencia en las personas que nos rodean y en nosotros y nosotras mismas.
En primer lugar, vimos algún extracto de la película "Mi vida sin mí", de la directora Isabel Coixet, gracias a la cual pudimos introducirnos en la relación del profesional de la salud con los y las pacientes.
A partir de aquí, Jesús Nuevo nos informó de la "LEY 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica" (BOE nº 274).
Para mí ha sido un gran descubrimiento, y manifiesto mi ignorancia al respecto: no sabía que existía una ley que regula nuestros derechos como pacientes. Y me pregunto: ¿Qué porcentaje de la población conoce esta ley?
Algunos de sus puntos resumidos son:
* A partir de los 16 años comienza la autonomía de las personas, por lo que tienen derecho a decidir sobre su vida (por ejemplo, en el transcurso de su enfermedad).
* La primera persona que tiene derecho a conocer su enfermedad es el/la titular, quien decide si se informa o no a su familia (quién lo diría, si nos atenemos a la realidad, que es al contrario).
* El/la paciente tiene autonomía incluso si tiene una incapacidad, a no ser que carezca de capacidad para entender la información que se le da.
Respecto a la muerte digna, en España la ley dice que:
- La eutanasia no está permitida (acortar la vida con un tratamiento por decisión del/la paciente, no hay que confundirla con hacerlo sin su consentimiento, pues en este caso se trataría de un homicidio).
- Está permitido no recibir tratamiento por decisión del/la paciente (ej. retirar el respirador).
- El suicidio asistido no está permitido (lo que ocurrió con Ramón Sanpedro).
La Junta de Andalucía está en vías de crear una Ley de muerte digna, para lo cual publicó el 5 de septiembre de 2008 la Resolución por la que se acuerda someter a información pública el "Anteproyecto de Ley de Derechos y Garantías de la dignidad de la Persona en el proceso de la muerte".
Por otra parte, y respecto a la posición de la Iglesia Católica sobre la eutanasia, el catecismo dice:
"2279 Aunque la muerte se considere inminente, los cuidados ordinarios debidos a una persona enferma no pueden ser legítimamente interrumpidos. El uso de analgésicos para aliviar los sufrimientos del moribundo, incluso con riesgo de abreviar sus días, puede ser moralmente conforme a la dignidad humana si la muerte no es pretendida, ni como fin ni como medio, sino solamente prevista y tolerada como inevitable. Los cuidados paliativos constituyen una forma privilegiada de la caridad desinteresada. Por esta razón deben ser alentados.
Y por último, está el "Testamento de voluntades vitales anticipadas":
El término testamento vital, "documento de voluntades anticipadas -DVA- o de instrucciones previas se refiere al documento escrito por el que una persona manifiesta anticipadamente su voluntad -con objeto de que esta se cumpla en el momento que no sea capaz de expresarse personalmente- sobre los cuidados y el tratamiento de su salud o, una vez llegado el fallecimiento, sobre el destino de su cuerpo o de los órganos del mismo. Su aplicación se entiende en previsión de que dicha persona no estuviese consciente o con facultades suficientes para una correcta comunicación".
En Málaga, para hacer el Testamento Vital hay que ir a la Delegación Provincial de Salud, o llamar al teléfono 902 505 060.
Noticias relacionadas en Andalucía:
- Más del 60% de las personas que eligen cómo morir son mujeres.
- Málaga es la provincia andaluza con más testamentos para una muerte digna.
- 13.000 personas han expresado su testamento vital en los 4 años del Registro de Voluntades Vitales Anticipado.
- La aplicación del testamento vital permite al primer granadino morir según su deseo.
jueves, 9 de abril de 2009
Nueva Ley del Aborto

Como es de conocimiento general, el Gobierno está en vías de elaborar una nueva ley de interrupción del embarazo. Para ello, la Ministra de Igualdad Bibiana Aído, creó un Comité de Expertos y les hizo varias propuestas:
* Pasar de una Ley de indicaciones a otra de plazos.
* Rebajar la edad de la madre a los 16 años sin contar con el permiso materno/paterno.
* En ningún caso encarcelar a la mujer por haber abortado (sí a terceras personas que hayan intervenido en abortos ilegales).
* Obligar a los hospitales públicos a facilitarle una unidad para abortar, para que el derecho a objeción de conciencia del especialista no le obligue a hacerlo en una clínica privada.
El Comité de Expertos ha concluido, tras seis meses de reflexión, para el primer punto, que es más recomendable combinar un sistema de plazos con otro de indicaciones:
* Aborto libre hasta las primeras 14 semanas.
* Prorrogable hasta 22 en caso de riesgo para la vida o salud de la madre y de graves malformaciones del feto.
* Superior a 22 semanas para el caso de graves malformaciones del feto incompatibles con la vida.
Esta nueva ley está generando movimientos a favor y en contra.
Es un tema polémico, pues remueve muchas conciencias.
Por eso, dejo una pregunta abierta con el fin de que os animéis a comentar:
¿Que te sugiere esta nueva Ley que está en proyecto, en alguno o en todos sus puntos?
Para una buena información acerca del aborto dejo aquí un enlace:
http://www.abortos.com/aborto.html
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